El delito de lesiones es uno de los delitos más relevantes dentro del ámbito penal, ya que afecta directamente a la integridad física y salud mental de las personas. Está regulado en los artículos 147 a 156 quinquies del Código Penal, y engloba una serie de conductas que tienen en común el menoscabo de la integridad física o mental de la víctima. Estas conductas pueden ser dolosas (intencionales) o imprudentes (negligentes) y pueden variar en cuanto a la gravedad de la lesión, desde leves hasta aquellas que producen consecuencias permanentes o irreversibles.
1. Concepto de Delito de Lesiones
El artículo 147 del Código Penal define de manera básica el delito de lesiones como la acción de causar una lesión que disminuya la integridad corporal o la salud física o mental de otra persona, siempre que la lesión requiera tratamiento médico o quirúrgico para su curación. Este tratamiento debe ser adicional a una primera asistencia facultativa, que puede ser la intervención inmediata para estabilizar al paciente.
De esta manera, las lesiones que no necesiten de este tratamiento médico o quirúrgico, sino simplemente de una vigilancia facultativa o seguimiento médico, no se considerarán encuadradas dentro de este tipo penal básico, sino que se consideran como lesiones leves. El bien jurídico protegido en este delito es la integridad corporal, así como la salud física y mental de la persona.
2. Elementos del Delito de Lesiones
El tipo básico del delito de lesiones contempla una serie de elementos que deben concurrir para que se configure el delito:
- Conducta activa o pasiva: Puede ser tanto una acción (golpear, disparar) como una omisión cuando exista un deber legal de actuar (por ejemplo, un médico que no atiende a un paciente en estado crítico).
- Resultado lesivo: El resultado debe consistir en un daño a la integridad física o a la salud, ya sea física o mental. Este daño debe requerir tratamiento médico o quirúrgico.
- Nexo causal: Debe existir una relación directa entre la conducta del sujeto activo (el autor del delito) y el resultado lesivo en la víctima.
- Elemento subjetivo: Puede cometerse tanto con dolo (intención de causar el daño) como por imprudencia (negligencia o descuido grave).
3. Tipos de Lesiones en el Código Penal
El Código Penal distingue entre diferentes tipos de lesiones en función de la gravedad del resultado, la intencionalidad del autor, las circunstancias concurrentes y los medios utilizados para causar el daño.
3.1. Lesiones Dolosas (Artículo 147.1 del Código Penal)
El tipo básico de lesiones dolosas es el que contempla el artículo 147.1 del Código Penal, que establece lo siguiente:
«El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones, con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico.»
En este tipo básico, se requiere que la lesión menos cabe la integridad física o la salud mental, y que esta necesite tratamiento médico o quirúrgico para su sanación. Si la lesión no requiere este tratamiento, se considerará una lesión leve (artículo 147.2).
Este tipo delictivo es considerado un delito de resultado, es decir, para que se configure el delito no basta con realizar la acción, sino que debe producirse el daño físico o mental. No obstante, la tentativa también es punible cuando el autor realiza todas las acciones necesarias para causar el daño, pero este no se llega a materializar.
3.2. Lesiones Leves (Artículo 147.2 del Código Penal)
El artículo 147.2 establece las lesiones leves, que no requieren de tratamiento médico o quirúrgico, sino únicamente asistencia facultativa. Estas lesiones no pueden ser objeto de persecución penal de oficio, sino que requieren una denuncia del agraviado. Las penas previstas para este delito leve son de multa de 1 a 3 meses.
3.3. Lesiones Imprudentes (Artículo 152 del Código Penal)
El delito de lesiones por imprudencia se regula en el artículo 152. Se considera que este delito se comete cuando el autor no tiene la intención de causar el daño, pero actúa de manera negligente o imprudente, de forma que se produce el menoscabo de la integridad corporal o la salud de otra persona.
La imprudencia puede ser:
- Grave: Castigada con mayor severidad, dependiendo del daño causado:
- Prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 18 meses si la lesión requiere tratamiento médico o quirúrgico.
- Prisión de 1 a 3 años si la lesión causa la pérdida de un órgano, miembro principal o mutilación genital.
- Prisión de 6 meses a 2 años si el órgano o miembro afectado no es principal.
- Menos grave: Se aplica una pena menor, que puede ir desde multa de 1 a 2 meses si la lesión requiere tratamiento médico, o multa de 3 a 12 meses en casos de lesiones más graves.
Es importante resaltar que para las lesiones por imprudencia menos grave, el procedimiento penal solo puede iniciarse si la víctima presenta una denuncia.
3.4. Lesiones Agravadas (Artículo 148 del Código Penal)
El artículo 148 establece una serie de circunstancias que agravan el delito de lesiones, incrementando las penas a 2 a 5 años de prisión. Estas circunstancias incluyen:
- Uso de armas u otros medios peligrosos: Por ejemplo, utilizar un cuchillo o un arma de fuego para causar la lesión.
- Ensañamiento o alevosía: Cuando el autor actúa con crueldad, aumentando deliberadamente el sufrimiento de la víctima.
- Violencia de género: Cuando la víctima es o ha sido pareja del agresor.
- Vulnerabilidad de la víctima: Cuando la víctima es menor de 14 años, una persona con discapacidad o especialmente vulnerable.
Estas circunstancias reflejan una mayor peligrosidad del autor o una mayor gravedad del hecho y, por lo tanto, justifican un aumento en la severidad de la pena impuesta.
4. Otras Formas Agravadas del Delito de Lesiones
4.1. Lesiones que Causan Pérdida de Órganos o Mutilaciones (Artículo 149 del Código Penal)
El artículo 149 establece que si las lesiones causan la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, como un brazo, una pierna o un ojo, o la mutilación genital, el autor será castigado con prisión de 6 a 12 años.
4.2. Lesiones que Causan Pérdida de Órganos no Principales (Artículo 150 del Código Penal)
Si la lesión provoca la pérdida de un órgano o miembro no principal, como un dedo o un diente, la pena será de prisión de 3 a 6 años.
5. Participación en Riña Tumultuaria (Artículo 154 del Código Penal)
El artículo 154 del Código Penal castiga la participación en riñas tumultuarias donde varias personas se agreden mutuamente utilizando medios peligrosos, como armas o instrumentos que pongan en peligro la vida o la integridad física. Este delito es considerado un delito de peligro, y se castiga con prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses.
6. Lesiones Consentidas (Artículos 155 y 156 del Código Penal)
El consentimiento de la víctima puede tener efectos atenuantes o eximentes en los casos de lesiones. El artículo 155 establece que, cuando haya un consentimiento válido, libre y expreso de la víctima, la pena podrá ser rebajada en uno o dos grados.
El artículo 156 exime de responsabilidad penal en casos de lesiones consentidas en situaciones como trasplantes de órganos, esterilizaciones o cirugía de reasignación de sexo, siempre que se respeten los requisitos legales y el consentimiento sea libre, consciente y expreso.
7. El Delito de Maltrato de Obra (articulo 147.3 codigo penal)
Para profundizar en este tema, te presentamos un video que analiza el delito de lesiones en el Código Penal Español y sus implicaciones legales.
Por último, el Código Penal también contempla el delito de maltrato de obra en el artículo 147.3, que sanciona aquellas conductas en las que se golpea o maltrata a otra persona sin causar lesiones. En estos casos, se impone una multa de 1 a 2 meses, y el delito solo se perseguirá si hay denuncia de la víctima
Más información sobre el delito de lesiones en el Código Penal Español
¿Qué dice el código penal sobre lesiones?
El Código Penal Español regula el delito de lesiones en los artículos 147 a 157, estableciendo diferentes tipos de lesiones y sus correspondientes penas. Estas lesiones se clasifican en función de su gravedad, lo que influye directamente en la sanción aplicada. A continuación, se presentan las categorías más relevantes:
- Lesiones leves: Castigadas con penas de multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
- Lesiones menos graves: Sancionadas con prisión de 3 a 6 meses o multa.
- Lesiones graves: Penas de prisión que pueden variar entre 1 y 5 años, dependiendo del resultado y circunstancias.
Además, el Código Penal contempla circunstancias que pueden agravar las penas, como la prevaricación, la reiteración delictiva o el uso de armas. Esto asegura una respuesta proporcional y ajustada a la gravedad del hecho cometido.
¿Cuándo se considera delito de lesiones?
El delito de lesiones se considera cuando una persona causa daño a otra, ya sea de forma intencionada o por imprudencia. Según el Código Penal Español, las lesiones pueden clasificarse en diversas categorías, dependiendo de la gravedad del daño infligido. Estas categorías incluyen:
- Lesiones leves: Que no requieren asistencia médica o que solo necesitan un tratamiento simple.
- Lesiones graves: Que implican un deterioro significativo de la salud o que causan secuelas permanentes.
- Lesiones muy graves: Que pueden poner en peligro la vida de la víctima o causar daños irreparables.
Además, se considera delito de lesiones cuando se utilizan medios peligrosos, como armas, o cuando se cometen en el contexto de violencia de género. La intención de causar daño y el resultado del acto son factores clave para determinar si se configura este delito y la correspondiente pena a imponer.
¿Cuáles son los elementos del tipo penal del delito de lesiones?
El delito de lesiones en el Código Penal Español se configura a partir de varios elementos esenciales que deben concurrir para que se considere consumado. Estos elementos son la acción de causar un daño, la existencia de una lesión física o psíquica, y la relación entre el autor y la víctima.
Los elementos del tipo penal del delito de lesiones incluyen:
- Acción: La conducta de causar daño a otra persona.
- Resultado: La existencia de una lesión, ya sea física o psíquica.
- Culpabilidad: Intención o negligencia del autor al provocar la lesión.
- Relación: La vinculación entre el autor y la víctima que permite establecer la responsabilidad.
¿Cómo se llama el delito de golpear a una persona?
El delito de golpear a una persona se conoce como «delito de lesiones» en el Código Penal Español. Este tipo penal abarca diversas conductas que causan daño físico o psíquico a otra persona, pudiendo variar en gravedad según la naturaleza de las lesiones infligidas. Las lesiones pueden clasificarse como leves, graves o muy graves, dependiendo de factores como la duración de la incapacidad o la importancia del daño causado.